Los centros de estudiantes son los espacios de representación democrática y legítima del estudiantado. Es el órgano de la escuela que lleva la voz de las y los estudiantes a distintos espacios, tanto dentro como fuera de la institución. Se busca así que las decisiones tomadas en la escuela tengan en cuenta la opinión, las propuestas y demandas de quienes estudian en ella.
¿Cómo funciona un centro de estudiantes?
Un centro de estudiantes (CE) tiene una estructura específica y una forma de funcionamiento particular, que está reglamentada incluso por algunas leyes que veremos más adelante. Estos son algunos componentes básicos de un CE:
● Estatuto: es el documento que, aprobado por el estudiantado de toda la institución, regula el funcionamiento, los deberes y derechos del CE. Tiene la estructura de un texto normativo, con incisos, artículos, capítulos y títulos. Debe enmarcarse en la normativa nacional y jurisdiccional.
● Comisión directiva: es el órgano ejecutivo del CE, que usualmente se compone de los siguientes cargos: presidencia, vicepresidencia, secretaría general, vicesecretaría general, tesorería y vocalía. Estos cargos se establecen en el estatuto; y se pueden agregar o quitar algunos.
● Cuerpo de delegadas/os: en cada curso o aula, se designa un/a delegado/a titular y otro/a suplente. Así, se conforma el cuerpo, cuyo funcionamiento se establece en el estatuto y, a veces, también en alguna resolución aprobada por mayoría.
● Junta electoral: este órgano lleva adelante el proceso eleccionario, garantizando transparencia y legitimidad en los resultados. También interviene en la presentación de las listas para asegurar que estén en línea con lo que marca el estatuto.
● Asambleas: generalmente, se convoca a una asamblea general estudiantil (de toda la escuela) para tratar asuntos de extrema importancia. A veces, se convoca a una asamblea a principios de año y otra hacia el cierre del ciclo lectivo y se evalúan problemáticas, propuestas e ideas para abordar diferentes situaciones.
● Elecciones: es el proceso para elegir a las personas que integrarán la comisión directiva del CE. La junta electoral debe garantizar que se realicen de la mejor manera posible.
Estas estructuras, si bien son las habituales, no son iguales en todas las escuelas. Lo importante es que siempre la participación sea abierta al conjunto del estudiantado y que garantice la existencia de una construcción colectiva y democrática para mejorar la calidad educativa y las condiciones del estudiantado en su conjunto. Aunque un CE lleva adelante diversas acciones, podemos distinguir tres líneas de trabajo principales:
- Acciones hacia el interior de la escuela: los CE contribuyen a optimizar el clima institucional de una escuela, promoviendo acciones para mejorar la convivencia, por ejemplo, o participando de la redacción de los acuerdos escolares. También pueden intervenir en situaciones complejas que involucren estudiantes.
- Acciones en la comunidad: así como pueden generar propuestas para la escuela, los CE participan de proyectos, encuentros, movilizaciones y otras actividades en la comunidad, articulando con diversos actores de la sociedad (organismos estatales, sociedad civil, empresas, juntas vecinales o asambleas barriales, etc.), ya sea en el plano barrial, local, provincial o nacional. Incluso es posible generar redes de contactos y encuentro con estudiantes de otros países
- Promoción de la formación política: los CE, como espacios de representación política-gremial estudiantil, contribuyen a la formación política (tanto de sus representantes como de sus compañeras/os y otras/os estudiantes) y al ejercicio de la participación ciudadana y democrática. Es importante generar espacios de escucha, reflexión y debate en torno a las problemáticas que atraviesan a la juventud.
¿Qué normativas regulan la participación de los estudiantes?
Cuando hablamos de CE, estamos hablando, fundamentalmente, de participación ciudadana. Esta participación está regulada por un marco normativo específico, con leyes que garantizan y establecen el derecho de estudiantes y jóvenes a organizarse. A nivel nacional, estas leyes son las siguientes:
- Ley de Educación Nacional N.º 26.206/2006
- Ley Nacional de Centros de Estudiantes N.º 26.877/2013
- Ley Nacional de Convivencia Escolar N.º 26.892/2013
- Ley Nacional de Voto Joven N.º 26.774/2012 (aunque esta ley no menciona la participación en las escuelas, constituye un verdadero hito para la participación de las juventudes y la ampliación de sus derechos políticos).
Además de las leyes nacionales, existen leyes, resoluciones u otras normativas jurisdiccionales, que regulan y garantizan el derecho a la participación estudiantil en las provincias y en la Ciudad de Buenos Aires. A continuación, te acercamos el listado de las normativas jurisdiccionales con sus respectivos enlaces:
● Buenos Aires: Ley N.° 14581/2013